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Friday, 26 Apr 2024
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Mediación – Nos vemos fuera de los tribunales

La mediación es uno de los principales sistemas alternativos de resolución de conflictos (ADR, alternative dispute resolution), un proceso voluntario en el que dos o más partes involucradas, con la ayuda de un profesional imparcial, el mediador, generan sus propias soluciones, con el fin de llegar a un acuerdo, restableciendo el diálogo y la comunicación.

Con la mediación podrás reclamar una deuda, llegar a acuerdos en conflictos de familia, lograr que un inquilino te pague las rentas impagadas de un alquiler así como múltiples conflictos que se alargarían eternamente a través de la vía judicial.

Además, todos estos conflictos podrían ser resueltos desde Emiratos Árabes sin necesidad de desplazamientos a tu país de origen. Todos los acuerdos transfronterizos a los que llegan las partes con la ayuda del mediador son ejecutables y tienen la misma validez que una sentencia judicial. En el caso de incumplimiento por alguna de las partes de dicho acuerdo, siempre será posible acudir a la vía judicial.

Cuando surgen conflictos, la comunicación entre las partes se deteriora y la manera en la que se puede lograr un distanciamiento emocional y evaluar el conflicto desde otra óptica es a través de la figura del mediador.

¿Qué hace un mediador?

Habrá negociación si hay conversación y ésta será la tarea del mediador: diagnosticar el conflicto y analizar cuáles son las posibles desavenencias a fin de encontrar un equilibrio.

El mediador:

  • separa a las personas de los problemas,
  • humaniza a las partes,
  • identifica los intereses y necesidades.
  • Evalúa los puntos en común a través de esa identificación de los intereses y necesidades, y
  • los potencia.

Las partes acercarán posturas siendo conscientes de qué es lo que les ha pasado y escucharan las alternativas que les propone el mediador, alternativas a las que no habrían sido capaces de llegar porque estaban aferrados a sus ideas.

Contar la vivencia del conflicto, el sentirse escuchado es una oportunidad que no se les brinda tan ampliamente a las partes en un proceso judicial. Los mediados quieren sentirse escuchados.

A través de entrevistas personales (caucus) y sesiones conjuntas en las que se realizan varios tipos de preguntas, ya sean reflexivas, circulares, de afirmación, etc… el mediador analiza las posturas opuestas y distancia a las partes del conflicto, las separa de su círculo vicioso.

Ventajas de la mediación

Acudir a la mediación tiene muchas ventajas. La primera es que debido a que se trata de conseguir un acuerdo mutuo es menos traumático y no desgasta a las partes emocionalmente como podría hacerlo un proceso judicial. La solución es un win-win en que ambas partes ganan y se mantiene la relación en el tiempo entre ellas.

Otra ventaja es el ahorro económico sobretodo si lo comparamos con los procesos judiciales en los que se requiere que cada parte acuda a la vía judicial con sus respectivos abogados y procuradores.

El ahorro de tiempo es otra de las ventajas de la mediación en comparación con los largos procesos judiciales. El acuerdo entre las partes suele alcanzarse en un plazo breve de tiempo, como máximo en seis sesiones.

Y por último, y muy importante, no decide un tercero el acuerdo sino que lo deciden las partes.

¿Cuál es la diferencia entre un abogado y un mediador?

Pues el mediador coopera en vez de competir, colabora con todas las partes, no sólo con su cliente, cobra por sesión e independientemente de la cuantía del procedimiento y los costes son sufragados a partes iguales por las partes. Hay que tener en cuenta que un pleito ante los tribunales puede conllevar una posible condena en costas a alguna de las partes, es decir, que además de pagar los gastos de tu abogado tengas que hacerte cargo de los honorarios del abogado contrario.

mediacion español dubai

Ejemplos de mediación

Por daros algún ejemplo de conflicto que puede ser resuelto a través de la mediación pongo el caso de un propietario de una vivienda sita fuera de UAE en la que su arrendatario no le está abonando las rentas por cualquier circunstancia. Las partes podrían mediar con la ayuda del mediador y encontrar posibles soluciones ante estas situaciones excepcionales de impago por parte del arrendatario sin necesidad de desplazarse e ir a juicio. Ante un eterno procedimiento de desahucio siempre será mejor un acuerdo entre las partes.

Otro ejemplo son los conflictos familiares o de pareja. La infinidad de parejas mixtas, movilidad y globalización hace que surjan conflictos en los que será conveniente acudir a la mediación sobretodo cuando nos encontramos ante cuestiones de custodia internacional.

Existe un conflicto familiar internacional cuando en una relación de pareja competen al menos dos países, bien porque los miembros poseen distinta nacionalidad o bien porque sin necesidad de tener nacionalidades distintas, deciden separarse y uno de ellos pretende mudarse al extranjero por motivos personales o laborales.

Si a ello le sumamos que la pareja ha formado una familia habrá que tener en cuenta los intereses de todos los miembros que la componen y con más motivo habrá que focalizar el interés en los hijos y en su bienestar, las verdaderas víctimas de estos conflictos.

La mediación toma un papel importante al ser muy conveniente que las partes dialoguen y se tengan en cuenta las necesidades e intereses de cada una de las partes involucradas. Los menores a partir de 12 años, por ser considerada ésta una edad adecuada para expresarse con suficiente juicio, también pueden expresar su opinión en una mediación.

Hay que tener en cuenta que este tipo de conflictos se agrava cuando las parejas están formadas por dos personas de distinta cultura. Normalmente ambas difieren y sus costumbres se contradicen y hacen que no entiendan esas diferencias entre ellas.

La mediación es un buen recurso para aproximar a las partes e invitarlas a que lleguen a un acuerdo para que organicen el régimen de visitas de los hijos por la vía pacífica o bien para evitar la posible denuncia por traslado o retención ilícita de un menor en el caso de que uno de los progenitores decida mudarse a vivir al extranjero.

Por último y para facilitar el proceso, cobran un papel fundamental las nuevas tecnologías en los procedimientos de resolución de disputas a través de las llamadas ODR “online dispute resolution”. Con ellas se eliminan las barreras geográficas, se posibilita el no compartir el mismo espacio físico, o bien, y acorde a la “nueva normalidad” que nos toca vivir, se cumple con el distanciamiento social.


 

María Jesús Salinas es Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona, Máster en Mediación en la UNIR, en Comercio y Legislación Internacional en ICAB y PDG en IESE.

Inscrita en el Centro ADR del ICAB y en el Registro Global de Cibermediadores. www.salinasmontoro.com email: [email protected]

Maria Jesus Salinas (Mediación)

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